El impuesto de circulación (oficialmente, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica o IVTM) de un turismo se calcula según su potencia fiscal y el municipio donde está domiciliado. La ley fija una cuota mínima para toda España, de 12,62 € a 112 € al año según los caballos fiscales, y cada ayuntamiento puede multiplicarla por un coeficiente de hasta 2.
En la práctica, un coche medio de unos 11,5 caballos fiscales paga en 2026 desde 34,08 € en Santa Cruz de Tenerife hasta 89,25 € en San Sebastián, según el ranking de las 50 capitales de Guía Fiscal. Además, muchos ayuntamientos aplican bonificaciones de hasta el 75 % a los coches eléctricos y de hasta el 100 % a los históricos o con más de 25 años. En esta guía tienes cómo se calcula, las cuotas por tramos, ejemplos por ciudad y cómo pagar menos.
Cómo se calcula: potencia fiscal y coeficiente municipal
La fórmula es sencilla:
Cuota del IVTM = cuota mínima legal según tu tramo de potencia fiscal × coeficiente de tu ayuntamiento − bonificaciones
- Busca la potencia fiscal de tu coche. Aparece en la ficha técnica en caballos fiscales (CVF). No es lo mismo que los caballos de potencia (CV) del motor: la potencia fiscal es un valor administrativo, normalmente mucho más bajo.
- Localiza tu tramo en el cuadro de cuotas mínimas del artículo 95.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Aplica el coeficiente de tu ayuntamiento. Cada municipio lo fija en su ordenanza fiscal del IVTM, con un máximo de 2. Muchos usan coeficientes distintos para cada tramo.
- Resta las bonificaciones que te correspondan, si tu ayuntamiento las tiene y las has solicitado.
Ejemplo: un coche de 11,5 CVF está en el tramo de 8 a 11,99 CVF, con una cuota mínima de 34,08 €. En un municipio con coeficiente 2 pagará 68,16 € al año; en uno con coeficiente 1, 34,08 €.
País Vasco y Navarra tienen normativa foral propia, con cuadros de cuotas distintos al estatal.
Cuotas por potencia fiscal y ejemplos de municipios
Cuotas de turismos en 2026 (artículo 95.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales):
| Potencia fiscal | Cuota mínima (coeficiente 1) | Cuota máxima (coeficiente 2) |
|---|---|---|
| Menos de 8 CVF | 12,62 € | 25,24 € |
| De 8 a 11,99 CVF | 34,08 € | 68,16 € |
| De 12 a 15,99 CVF | 71,94 € | 143,88 € |
| De 16 a 19,99 CVF | 89,61 € | 179,22 € |
| 20 CVF o más | 112,00 € | 224,00 € |
Cuánto paga un coche medio (11,5 CVF) en algunas capitales en 2026:
| Ciudad | Cuota anual |
|---|---|
| San Sebastián (régimen foral) | 89,25 € |
| Bilbao (régimen foral) | 71,45 € |
| Barcelona, Granada, Murcia, Palma y otras con coeficiente 2 | 68,16 € |
| Santander | 67,96 € |
| Valladolid | 61,34 € |
| Sevilla | 61,00 € |
| Madrid | 59,00 € |
| Badajoz | 53,61 € |
| Jaén | 51,12 € |
| Santa Cruz de Tenerife | 34,08 € |
Fuentes: ranking de las 50 capitales de Guía Fiscal, elaborado con las ordenanzas fiscales vigentes en 2026, y el informe de la Asociación Europea de Automovilistas para el dato de Madrid. Para tu municipio, consulta la ordenanza fiscal del IVTM en la web de tu ayuntamiento.
Bonificaciones y exenciones
Bonificaciones que permite la ley (artículo 95.6). Cada ayuntamiento decide si las aplica y en qué porcentaje:
| Bonificación | Máximo legal | Ejemplos de 2026 |
|---|---|---|
| Según el carburante y su impacto ambiental | Hasta el 75 % | Ribatejada: 50 % para vehículos de gas |
| Según las características del motor y sus emisiones (eléctricos, híbridos…) | Hasta el 75 % | Santander: 75 % para eléctricos y de emisiones nulas; Ponferrada: 75 % para eléctricos e híbridos eléctricos; Ribatejada: 50 % para híbridos |
| Vehículos históricos o con al menos 25 años de antigüedad | Hasta el 100 % | Santander y Ponferrada: 100 % |
En la mayoría de los casos, la bonificación es rogada: tienes que solicitarla en tu ayuntamiento, y si la pides tarde puede aplicarse a partir del año siguiente. Revisa la ordenanza para conocer el plazo; en Santander, por ejemplo, la de históricos hay que pedirla antes del 31 de diciembre del año anterior.
Exención por discapacidad. Están exentos los vehículos matriculados a nombre de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, para su uso exclusivo, ya sea conducido por esa persona o destinado a su transporte. Es también una exención rogada: hay que solicitarla al ayuntamiento acreditando la discapacidad y el uso exclusivo, y solo puede aplicarse a un vehículo por persona.
La ley recoge otras exenciones, como las de ambulancias o vehículos oficiales, que no afectan a los particulares.
Quién paga, cuándo y qué pasa al comprar o vender
Quién paga. El titular que figura en el permiso de circulación. El impuesto se devenga el primer día del año, el 1 de enero, salvo en la primera adquisición de un vehículo. Por eso, si vendes el coche a mitad de año, el recibo de ese año suele corresponderte a ti, salvo que pactes otra cosa en el contrato.
Dónde se paga. En el ayuntamiento del domicilio que figura en el permiso de circulación. Si te mudas y no cambias el domicilio del coche en la DGT, seguirás pagando en tu municipio anterior.
Cuándo se paga. Cada ayuntamiento fija su periodo de cobro, normalmente en un único periodo al año. Consulta el calendario fiscal de tu ayuntamiento o domicilia el recibo para no olvidarlo.
Al comprar un coche nuevo, el ayuntamiento te dará de alta en el impuesto, y la primera adquisición tiene su propio devengo.
Tenerlo pagado importa. Para transferir un coche, la DGT exige que tenga pagado el impuesto de circulación del año anterior. Un recibo pendiente puede bloquear la venta.
Si das de baja el coche, deja de generarse el impuesto de los años siguientes. Pregunta en tu ayuntamiento si se ajusta la cuota del año en que se produce la baja.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de impuesto de circulación por un coche normal? Un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales paga entre 34,08 € y 68,16 € al año en régimen común, según el coeficiente de su ayuntamiento.
¿Dónde se paga más? Entre las capitales, San Sebastián, con 89,25 € para un coche medio en 2026. En régimen común, el máximo para ese tramo son 68,16 €, que cobran ciudades como Barcelona, Granada, Murcia o Palma.
¿Los coches eléctricos pagan impuesto de circulación? Sí, pero muchos ayuntamientos les aplican una bonificación de hasta el 75 %. Revisa la ordenanza de tu municipio y solicítala.
¿Los coches de más de 25 años pagan? Depende del ayuntamiento: la ley permite bonificarlos hasta el 100 %, y muchos municipios lo hacen, pero hay que pedirlo.
Si vendo el coche en marzo, ¿quién paga el impuesto de ese año? El impuesto se devenga el 1 de enero, así que el recibo corresponde a quien era titular ese día, salvo que pactéis otra cosa en el contrato.
¿Dónde veo la potencia fiscal de mi coche? En la ficha técnica, expresada en caballos fiscales (CVF).
Fuentes
- Guía Fiscal: IVTM 2026 por capital de provincia
- Guía Fiscal: mapa del IVTM 2026
- AEA: informe sobre la fiscalidad municipal del automóvil 2026
- Ayuntamiento de Valladolid: modificación de la ordenanza del IVTM, con el texto del artículo 95
- Ayuntamiento de Ponferrada: ordenanza fiscal del IVTM
- Ayuntamiento de Ribatejada: bonificaciones del IVTM 2026
- Guía Fiscal: IVTM en Santander
- GTT: exención por discapacidad y devengo del IVTM
