El comprador tiene 30 días desde la firma del contrato para solicitar la transferencia del coche en la DGT, según el artículo 32 del Reglamento General de Vehículos. Antes debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, cuyo plazo depende de la comunidad autónoma: de un mes a dos meses.
Si el comprador deja pasar el plazo, la transferencia se puede hacer igualmente, pero se expone a un procedimiento sancionador de Tráfico y a recargos de Hacienda por el impuesto. El vendedor también arriesga: mientras el coche siga a su nombre, le pueden llegar multas, el impuesto de circulación y otras responsabilidades. En esta guía tienes todos los plazos, qué pasa si no se cumplen y cómo se protege cada parte.
Todos los plazos de una compraventa
| Trámite | Quién | Plazo | Desde |
|---|---|---|---|
| Solicitar el cambio de titularidad en la DGT | Comprador | 30 días | Firma del contrato |
| Pagar el ITP en Madrid o Murcia | Comprador | 30 días hábiles | Firma del contrato |
| Pagar el ITP en Cataluña o la Comunidad Valenciana | Comprador | 1 mes | Firma del contrato |
| Pagar el ITP en Andalucía | Comprador | 2 meses | Firma del contrato |
| Notificar la venta a la DGT | Vendedor | Lo antes posible | Entrega del coche |
| Contratar el seguro del coche | Comprador | Antes de circular con él | Entrega del coche |
| Cambio por herencia | Heredero adjudicatario | 90 días | Documento de adjudicación |
Los plazos del ITP de otras comunidades pueden variar: consúltalos en la web de la hacienda autonómica antes de firmar. Fuentes de los plazos autonómicos: Gestoría 24/7; plazo de herencias: sede electrónica de la DGT.
Cómo contar los 30 días de la DGT. Empiezan a correr el día siguiente a la firma del contrato. Si firmas el 5 de marzo, tienes hasta el 4 de abril aproximadamente para presentar la solicitud. No esperes al final: si falta un documento, necesitarás margen para conseguirlo.
Consecuencias para el comprador
1. Sanción de Tráfico. Presentar la transferencia después de los 30 días no impide hacerla, pero la DGT puede abrir un procedimiento sancionador al comprador por incumplir el plazo del artículo 32 del Reglamento General de Vehículos.
2. Recargos de Hacienda por el ITP. Si pagas el impuesto fuera de plazo de forma voluntaria, antes de que Hacienda te lo reclame, la normativa tributaria aplica un recargo que empieza en el 1 % y aumenta un 1 % por cada mes completo de retraso. A partir de los 12 meses, el recargo sube al 15 % más intereses de demora. Si es Hacienda quien detecta la falta de pago, puede haber además una sanción.
3. El coche no está a tu nombre. Mientras no se haga la transferencia, legalmente el titular sigue siendo el vendedor. Eso complica trámites como contratar ciertos seguros, pedir la etiqueta ambiental a tu nombre, dar de alta el impuesto de circulación en tu municipio o vender el coche más adelante.
4. Riesgo de bloqueo. Si el vendedor tiene deudas, con el tiempo puede aparecer un embargo sobre el coche que todavía figura a su nombre, y eso puede impedirte completar la transferencia.
5. Problemas con multas. Las multas que recibas llegarán al vendedor, que puede identificarte como conductor. Si el vendedor ha notificado la venta, la DGT ya sabrá que el responsable eres tú.
Consecuencias para el vendedor y cómo protegerse
El vendedor no tiene un plazo legal para la transferencia, porque es una obligación del comprador. Pero si el comprador no la hace, el coche sigue figurando a su nombre, con estos riesgos:
| Riesgo | Qué puede pasar |
|---|---|
| Multas de tráfico | Llegan al titular, que tiene que identificar al conductor o probar que ya no tenía el coche |
| Impuesto de circulación | El ayuntamiento lo cobra a quien figura como titular el 1 de enero |
| Responsabilidades del vehículo | Aparcamientos, grúas, peajes o reclamaciones pueden dirigirse al titular registrado |
| Zonas de bajas emisiones y otras sanciones municipales | Se notifican al titular |
Cómo se protege el vendedor:
- Notifica la venta a la DGT. Es la protección clave: desde ese momento deja de figurar como responsable del vehículo, aunque el comprador tarde en transferirlo. Se hace en la sede electrónica de la DGT con el contrato firmado.
- Pon la fecha y la hora de entrega en el contrato. Permite demostrar quién tenía el coche en el momento de una infracción.
- Guarda una copia del contrato y del DNI del comprador. Te servirán para identificar al conductor si te llega una multa.
- Da de baja tu seguro en cuanto entregues el coche, pero no antes.
- Comunica la venta al ayuntamiento si te sigue llegando el impuesto de circulación de años posteriores.
Qué hacer si ya se ha pasado el plazo
Si eres el comprador:
- Paga el ITP cuanto antes, con el recargo correspondiente. Cuanto más esperes, mayor será el recargo, y si Hacienda te lo reclama antes, puede haber sanción.
- Presenta la transferencia en la DGT en cuanto tengas el justificante del impuesto. El trámite es el mismo que dentro de plazo.
- Revisa el informe del vehículo antes de presentarla, por si ha aparecido algún embargo o carga nueva a nombre del vendedor.
- Contrata o actualiza el seguro a tu nombre si aún no lo has hecho.
Si eres el vendedor y el comprador no transfiere el coche:
- Notifica la venta a la DGT con el contrato firmado, si no lo hiciste al vender.
- Contacta con el comprador y recuérdale su obligación, mejor por escrito para que quede constancia.
- Identifica al comprador como conductor en cualquier multa que recibas, dentro del plazo que indique la notificación.
- Si el problema persiste, consulta con un abogado o una gestoría las opciones para reclamar al comprador.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para transferir un coche? 30 días desde la firma del contrato de compraventa para solicitar el cambio de titularidad en la DGT.
¿Se puede transferir el coche fuera de plazo? Sí. El trámite se puede hacer igualmente, aunque el comprador se expone a una sanción de Tráfico y a recargos por pagar tarde el ITP.
¿Cuánto es el recargo por pagar tarde el ITP? Si lo pagas por tu cuenta antes de que Hacienda lo reclame, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses a partir de los 12 meses.
¿El plazo de 30 días es el mismo para el ITP? No siempre. El plazo del impuesto lo fija cada comunidad: por ejemplo, 30 días hábiles en Madrid, un mes en Cataluña y dos meses en Andalucía.
¿Puedo circular con el coche mientras se tramita? Sí, con la ITV en vigor, tu propio seguro y una copia del contrato de compraventa en el coche.
¿Qué pasa si el comprador nunca hace la transferencia? El coche seguirá a nombre del vendedor. Por eso es fundamental que el vendedor notifique la venta a la DGT: así deja de responder por el vehículo.
¿El plazo es distinto en una herencia? Sí. El heredero adjudicatario tiene 90 días desde la fecha del documento que le adjudica el coche.
